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MODIFICACIÓN DE LA NORMA TRANSITORIA: ALTA COMO ABONADO DE MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR Y PAREJAS DE HECHO HASTA 31 DE DICIEMBRE DE 2016
9.12.2015
El consejo de Administración del Club de Campo Villa de Madrid en su sesión de fecha 1 de diciembre ha modificado el texto del Reglamento de Régimen Interior ampliando la Norma Transitoria sobre el alta de cónyuges e hijos de abonados hasta el 31 de diciembre de 2016 y ha incorporado la figura de las Parejas de Hecho.
NORMA TRANSITORIA CON CADUCIDAD AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 ALTAS DE CÓNYUGES, PAREJAS DE HECHO e HIJOS DE ABONADOS.
"Cualquier abonado podrá solicitar y obtener en cualquier momento la admisión de las personas integradas en su unidad familiar, comprensiva, a estos efectos, del cónyuge, pareja de hecho e hijos del abonado, siempre que ninguno de ellos hubieran perdido previamente su condición de abonado por cualquier causa.
La admisión de los miembros de la unidad familiar será efectiva una vez que abonen la cuota de inscripción vigente en el momento de la incorporación así como el 50% de las cuotas anuales de abonado a que hubieran estado obligados si hubieran ejercitado su derecho dentro del plazo establecido para ello, esto es, cuando el abonado en cuya unidad familiar se integran adquirió su condición de abonado. El importe de dichas cuotas no podrá exceder de cinco anualidades."